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SECCIÓN IV CAPÍTULO IV ARTÍCULO 224
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224 - Derogación de artículos de la Ley N° 19.210

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Art. 224 - texto actual

(Derogación de artículos de la Ley N° 19.210).- Deróganse los artículos 36, 36 BIS, 39, 40, 41, 41 BIS, 43, 44 y 64 de la Ley N° 19.210, de 29 de abril de 2014, y sus modificativas, así como toda otra norma que se oponga a la presente ley.

Art. 224 - comentario

Busca darle coherencia y consistencia a la Ley dado los cambios propuestos. En lo referido a montos elevados/ enajenaciones de bienes y servicios/ vehículos/ tributos/ enajenaciones de bienes y servicios bajo regímenes tributarios especiales, como así también las equiparaciones en los medios de pago en función de ello. Favorece la discrecionalidad. Quita transparencia respecto a lo que se contaba. Habilita prácticas de dudosa reputación, legalidad y legitimidad.