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SECCIÓN III CAPÍTULO SC ARTÍCULO 146
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146 - Derogaciones

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Art. 146 - texto actual

(Derogaciones).- Deróganse el literal G) del artículo 21 de la Ley N° 12.549, de 16 de octubre de 1958, y el literal G) del artículo 16 de la Ley N° 19.043, de 28 de diciembre de 2012.

Art. 146 - comentario

En consonancia con el anterior. Deroga la atribución (posibilidad) de revalidar títulos y certificados a la UdelaR y a la UTEC. Vulnera autonomías previas y facultades inherentes