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SECCIÓN III CAPÍTULO SC ARTÍCULO 206
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206 - Derogaciones

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Art. 206 - texto actual

(Derogaciones).- Deróganse los artículos 42, 43, 49, 50, 66, 71, 79, 80, 86, 95 y 109, así como todas las disposiciones incluidas en el Título VI "DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y EXCEPCIONALES" de la Ley N° 18.437, de 12 de diciembre de 2008.

Art. 206 - comentario

Armoniza el nuevo diseño institucional, los nuevos cometidos y atribuciones. Incluso respecto a designaciones/elecciones/encomendaciones. Concentra la toma de decisiones con mucha discrecionalidad. Vulnera espacios de participación social. Y autonomías.