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SECCIÓN IX CAPÍTULO II ARTÍCULO 444
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444 - Lanzamiento en desalojo por mal pagador. IrrecurribilidadVer en esta norma, artículo: 453.

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Art. 444 - texto actual

(Lanzamiento en desalojo por mal pagador. Irrecurribilidad).- La providencia que disponga el lanzamiento, así como la que acoja o rechace la solicitud de prórroga y disponga el lanzamiento una vez vencido el plazo de prórroga, no podrá ser objeto de recurso alguno.

Art. 444 - comentario

Consagra que el lanzamiento por mal pagador es irrecurrible.